sábado, 13 de diciembre de 2014

DERECHO PENAL JUVENIL

El derecho penal juvenil o derecho penal de menores, o cual fuere su denominación adoptada, representa un sector especial de la ciencia del derecho. Se vuelve indispensable aclarar previamente que el término derecho puede ser visto bajo dos aspectos: como conjunto de normas jurídicas o como ciencia del derecho. Bajo el primero correspondería ser un conjunto de normas reguladoras de comportamientos en una determina sociedad.

En cuanto al derecho como ciencia, implica el conocimiento sistematizado y metódico, debidamente verificado, sobre la evolución, contenido y rasgos generales de los derechos positivos. Es decir el derecho positivo vigente en un determinado país, así como de la interrelación existente con otras disciplinas científicas, de las cuales se apoya para la creación de nuevos preceptos legales, como la sociología jurídica y más aún y cuando no existe una denominación que diferencie al derecho como ciencia, así como de lo que es parte de su objeto de estudio (el ordenamiento jurídico), la mejor forma de establecer la diferencia a esta doble denominación, es indicar que el derecho a secas corresponde al ordenamiento jurídico, mientras que lo que lo estudia, debe ser visto como la ciencia del derecho.

Tal distinción ha sido necesaria, para poder determinar a partir de los siguientes dos temas, el sector de la ciencia del derecho y hasta del ordenamiento jurídico mismo al que pertenece el derecho penal juvenil. Pues ya un sector lo había acercado al derecho de familia y otro posteriormente lo ubicó en el derecho penal.


Los datos estadísticos del ISNA no poseen el nivel de detalle informático que en la Dirección General de Centros Penales (DGCP). Sin embargo, cifras menos actualizadas que la anterior –de hace aproximadamente un mes– especificaban que el centro que poseía la mayor cantidad de menores en conflicto con la ley es Tonacatepeque, con una población de 212 internos.

En El Espino (Ahuachapán) habían hasta hace un mes 85 menores con sentencia y otros 25 aún procesados.

El centro intermedio de Ilobasco, donde a mediados de noviembre pasado murieron 16 internos calcinados a raíz de un incendio del cual las autoridades aún no arrojan datos concluyentes acerca de si fue provocado o accidental, los datos más actualizados indican una población de 187 jóvenes.


Contiguo a la conocida como Cárcel de Mujeres, en Ilopango, está el centro de readaptación denominado Femenino. Ahí, unas 54 jovencitas purgan diversas penas, según el ISNA. De estas, únicamente 13 tenían calidad de procesadas hasta hace pocos días.

El ISNA, cuando fue consultado hace aproximadamente un mes por esta publicación, no poseía con certeza el número de jóvenes procesados y condenados por determinado delito. Sin embargo, aclararon que debido a que la Ley Penal Juvenil especifica que el internamiento es aplicable únicamente para delitos graves, los menores en su mayoría purgan penas por homicidio, extorsión y agrupaciones ilícitas.


Aunque se solicitó en reiteradas ocasiones el número de internos procesados y condenados que guardan prisión en los centros intermedios, la cifra no fue proporcionada.

Los centros intermedios –dos en total– están destinados a los menores que alcanzaron la mayoría de edad mientras cumplían su condena impuesta bajo la Ley Penal Juvenil, y son administrados por el Ministerio de Justicia y Seguridad Pública.


Pese a ello, el ISNA aún tiene a varios jóvenes mayores de 18 años en resguardo.

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